Los peligros de la radiación óptica para el ser humano se centran en la piel y en el ojo, y varían en gran medida con la longitud de onda de dicha radiación, además de con el tiempo de exposición.

Desde hace un tiempo, la preocupación de las autoridades y la población en general sobre estos peligros se ha centrado en la piel, relegando a un segundo lugar los riesgos para la visión. Sin embargo, la córnea, la conjuntiva, el cristalino y la retina pueden estar en riesgo cuando son expuestos a fuentes de luz intensas como lámparas de arco e incluso el sol.

La aversión natural del ser humano a fuentes luminosas muy intensas limita la exposición ocular como cuando uno mira al sol. No obstante, las fuentes artificiales pueden ser más luminosas que el sol (como es el caso de las plantas y torres termosolares) o tener unas características distintas, superando este mecanismo natural de defensa y causando un daño.

Existen dos tipos de daños para el ojo humano:

  • Fotoquímicos, causados fundamentalmente por radiación ultravioleta
  • Térmicos, causados fundamentalmente por radiación visible o infrarroja.

El Grupo Orión tiene una probada experiencia en las medidas de luminancia y radiancia, tanto espectral como integrada, en el rango del visible (380-780 nm) de fuentes autoluminosas o por reflexión. Estas medidas nos permiten identificar y remediar los principales riesgos que la radiación visible puede causar en nuestros ojos.

 

APLICACIONES

  • Declaraciones de Impacto Ambiental
  • Estudios sobre la incidencia real de la radiación sobre la población
  • Prevención de Riesgos Laborales
  • Identificación y remediación de fuentes luminosas de riesgo
  • Estimación de la peligrosidad o no de los niveles máximos de radiación

 

BENEFICIOS QUE APORTA

• Prevención de daños para el ojo: El ojo humano está realmente bien preparado para protegerse contra potenciales peligros de la radiación óptica de la mayoría de exposiciones medioambientales del sol. De todas maneras, si la radiación por reflexión en el suelo es inusualmente grande, como en la nieve, la radiación reflejada puede crear ceguera. Esto ocurre especialmente cuando los mecanismos naturales de defensa del ojo no actúan como el parpadeo el guiño de los ojos y la aversión natural a la luz.

• Cálculo de límites de exposición: Los límites de exposición para cada uno de los rangos de frecuencias están publicados en recomendaciones orientativas o estándares. La aplicación de estos estándares previenen enfermedades oculares como fotoqueratoconjuntivitis, cataratas o fotoretinitis.

• Identificación de daños fotoquímicos o térmicos: Dependiendo de la exposición, podremos encontrarnos con un tipo de daño u otro. Los daños térmicos necesitan una exposición muy alta para causar daños ya que de otra forma la conducción de calor de los medios oculares disipa este exceso de calor. Las reacciones fotoquímicas que producen coagulación de proteínas y la muerte de células requieren temperaturas críticas para detectar daños biológicos.

• Identificación de los espectros de acción: Los espectros de acción describen la efectividad relativa de las diferentes longitudes de onda causando un efecto biológico. Los efectos térmicos ocurren a lo largo de un amplio rango de longitudes de onda donde existe penetración óptica y absorción de los tejidos. Por ejemplo, una cantidad significativa de energía radiante puede penetrar en el medio ocular y ser absorbido en la retina, que puede producir daños térmicos en la misma.

• Aduecuación a la normativa vigente: En concreto, cumplimiento de los límites de exposición referidos en la Directiva 2006/25/CEE, de 5 de abril de 2006, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a riesgos derivados de los agentes físicos (radiaciones ópticas artificiales) y el RD 486/2010, de 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales.

 

EXPERIENCIA RELEVANTE

  • Convenio firmado con una empresa privada para el "Estudio de la radiación solar originada por una central solar termoeléctrica".
  • Convenio firmado con una empresa privada para la "Medida de reflectancia/absortancia espectral e integrada de muestras sólidas"